La protección al entorno y el derecho al agua de comunidades indígenas prevaleció hoy cuando un tribunal suspendió la construcción de tres centrales minihidroeléctricas en el municipio de Jalacingo, en el estado mexicano de Veracruz.
Esta resolución, emitida por el segundo tribunal colegiado en materia administrativa determinó conceder protección a los habitantes de las comunidades indígenas de la entidad.
Con esta aprobación de los tres magistrados que integraron la referida instancia, queda sin efecto una resolución judicial que consideró la inexistencia de afectación ecológica derivada de la construcción de las minihidroeléctricas.
El principio de prevención a favor de los recursos naturales fue aplicado por los letrados y con ese argumento evaluaron que sí existe peligro o amenaza de daños graves o inminentes.
Además, consideraron suficientes los indicios en la prevención de un daño ecológico irreparable para un sector desprotegido en la vida nacional.
Asimismo, en su resolución el tribunal tomó en cuenta la declaración de expertos de la Alianza Mundial de Derecho Ambiental (ELAW, por sus siglas en inglés) que estableció una posible afectación del entorno ecológico de las comunidades indígenas.
Por eso, argumentaron en su resolución, es necesario establecer acciones que impidan una catástrofe ecológica y social, derivada del daño irreversible a los manantiales de esas comunidades indígenas.
Según trascendió aquí, la construcción de estas minihidroeléctricas es un proyecto privado en disputa ante los tribunales desde hace unos cinco años, ya que las comunidades del municipio de Jalcingo se oponen a ello desde el 2011.



