HIPÓLITO CONTRERAS/
En su sesión de ayer el Congreso del estado recuperó su facultad de nombra al Fiscal General del estado y se resuelva la licencia que por 30 días pidió el ex fiscal Víctor Carrancá Bourget, en ese sentido votaron los diputados de Morena, PT, PRI y Encuentro Social.
El dictamen fue presentado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia en el que se analiza el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.
En el debate los legisladores de Morena, PAN y Nueva Alianza, Marcelo García Almaguer y Gerardo Islas Maldonado, acusaron a Morena de utilizar la mayoría, no ser incluyentes y no respetar el procesos legislativo.
La diputada del PT María del Carmen Cabrera Camacho, presidenta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, afirmó que las acusaciones sobre la supuesta violación al reglamento del poder legislativo es más bien una estrategia para denostar el trabajo que se hace en esta comisión.
El dictamen para reformar el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado fue aprobado por 26 votos por los diputados de Morena, PT y Encuentro Social y PRI, hubo 15 abstenciones.
La modificación establece que cuando el Fiscal se ausente por más de 30 días, la ausencia será considerada como definitiva, por lo que se realizará el procedimiento del artículo 97 de la Constitución para elegir nuevo fiscal.
Además, hay un artículo transitorio para que Carrancá Bourget pueda ser removido como Fiscal General en caso de que la licencia que presentó el 11 de septiembre siga en curso cuando la reforma se publique en el Periódico Oficial del estado y entre en vigor, acto seguido el Congreso del estado procederá al nombramiento de Fiscal de acuerdo al artículo 98 de la Constitución del estado.
A partir de la ausencia definitiva del Fiscal el Congreso contará con 20 días para integrar una lista de por lo menos diez candidatos y que sea aprobada por lo menos las dos terceras partes de los legisladores presentes.
Una vez que se cuente con la lista se enviará al ejecutivo, de no ser así el gobernador propondrá al Congreso una terna y de manera provisional se nombrará al Fiscal.
Si el ejecutivo recibe la lista de aspirantes en los diez días siguientes formulará una terna la que se remitirá al Congreso para que mediante el voto de las dos terceras partes se designe al Fiscal.
Si el ejecutivo no envía la terna al Congreso, éste contará con 10 días para hacer el nombramiento.







