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El Congreso del estado recupera facultades para nombrar al Fiscal

Redacción by Redacción
septiembre 25, 2018
in Generales
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HIPÓLITO  CONTRERAS/

En su sesión de ayer el  Congreso del estado recuperó  su facultad de nombra al  Fiscal  General del estado y se  resuelva la licencia que por  30 días pidió el ex  fiscal Víctor Carrancá Bourget, en ese sentido votaron los diputados de Morena, PT, PRI y  Encuentro  Social.

El dictamen fue presentado por  la Comisión de Procuración y  Administración de Justicia en el que se analiza el artículo  16 de la Ley Orgánica  de la Fiscalía General del  Estado.

En el debate los legisladores de Morena, PAN  y Nueva Alianza, Marcelo García  Almaguer  y Gerardo Islas Maldonado, acusaron a Morena de utilizar la mayoría, no  ser incluyentes  y no respetar el procesos legislativo.

La  diputada del PT María del Carmen Cabrera Camacho, presidenta de la Comisión de Procuración y  Administración de Justicia, afirmó que las acusaciones sobre la supuesta violación al reglamento del poder legislativo es más bien una estrategia para denostar el trabajo que se hace en esta comisión.

El dictamen  para reformar el artículo  16 de la Ley Orgánica de la  Fiscalía General del Estado fue aprobado por  26 votos por los diputados de Morena, PT  y Encuentro  Social y PRI, hubo  15 abstenciones.

La modificación establece que  cuando el Fiscal se ausente por  más de  30 días, la ausencia será considerada como definitiva, por lo que se realizará el procedimiento del artículo  97 de la  Constitución para elegir nuevo fiscal.

Además, hay un artículo transitorio  para que Carrancá Bourget  pueda ser removido como Fiscal General en caso de que  la licencia que presentó el  11 de septiembre  siga en curso cuando  la reforma se publique en el Periódico Oficial del  estado y entre en vigor, acto seguido el  Congreso del estado procederá al nombramiento de Fiscal de acuerdo al artículo 98 de la  Constitución del estado.

A partir de  la ausencia  definitiva del Fiscal el  Congreso contará con 20 días para integrar una lista de por lo menos  diez candidatos y que sea aprobada por lo menos las dos terceras partes de los legisladores presentes.

Una vez que se cuente con la lista se enviará al ejecutivo, de no ser así el gobernador propondrá al Congreso una terna y de manera provisional se nombrará al Fiscal.

Si el ejecutivo recibe la lista de aspirantes en los  diez días  siguientes formulará  una terna la que se remitirá al Congreso para que mediante el voto de las dos terceras partes se designe al Fiscal.

Si el ejecutivo no envía la terna al Congreso, éste contará con 10 días para hacer el  nombramiento.

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