El 9 de mayo de 2012, el Gobierno de Puebla, por medio de un Acuerdo Conjunto de los Secretarios de Administración y de Finanzas, declaró por causa de utilidad pública el rescate de la concesión otorgada a Autovías Concesionadas OHL, S.A. de C.V., para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del Libramiento Norte de la Ciudad de Puebla.
Esa Declaratoria terminó la concesión y liberó al Gobierno de Puebla de una serie de condiciones que resultaban notoriamente desfavorables para los poblanos.
Autovías Concesionadas OHL, S.A. de C.V., interpuso en contra de la Declaratoria de Rescate un Juicio de Amparo y el 4 de junio del presente año, el Juez Tercero de Distrito le negó la suspensión definitiva del acto reclamado.
La quejosa había solicitado al Juez de Distrito la suspensión para que continuara con la titularidad del servicio concesionado.
El Juez de Distrito consideró que de concederse la suspensión se seguiría perjuicio al interés social (mayor al que eventualmente resentiría la quejosa) y contravendrían disposiciones de orden público.
Inconforme con la resolución, Autovías Concesionadas OHL, S.A. de C.V. interpuso recurso de revisión del que conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
Este Tribunal, el día de ayer, confirmó la sentencia del Juez Tercero de Distrito y negó definitivamente la suspensión a la quejosa.
Los actos de Gobierno están fundados en el interés social.
Nada está sobre el interés de la sociedad.