Tetela de Ocampo.- El día de hoy la empresa Frisco ha enviado un comunicado a diversos medios de comunicación locales en el que señala lamentar que, las notas publicadas «en forma mal intencionada, desvirtúen y desinformen sobre los trabajos de exploración que recientemente ha realizado Minera Espejeras, S.A. de C.V. en la zonda de Tetela de Ocampo, Puebla».
Argumentan que «han estado apegados y sea ha dado cabal y estricto cumplimiento a loe previsto en la Legislación vigente aplicable y las Normas Oficiales Mexicanas».
La realidad es que, según consta en el testimonio de Manuel Beristaín Gómez, Director de CONAGUA, Delegación Puebla:
«Hasta hoy, (Minera Frisco) no ha presentado solicitud ni algo que se le parezca ante la CONAGUA. Nosotros estamos a la espera de lo que resuelva SEMARNAT, para saber si tienen manifiesto de impacto ambiental… Nosotros no estamos interviniendo».
Nos permitimos precisar que, como lo hemos venido señalando, la NOM 120 establece en el punto 4.1.8 que la empresa minera tiene la obligación de notificar ante esta dependencia el inicio de cualquier trabajo de exploración minera, ante la existencia de mantos acuíferos en la zona donde se pretende desarrollar dicha actividad.
El Director de CONAGUA, también precisó que:
«…aunque la empresa afiliada a Grupo CARSO trabaja cerca de los mantos freáticos que abastecen esta zona,» (…) «estos se encuentran seguros, ya que se encuentran demasiado profundos para verse contaminados.» (Sic.)
Milenio Puebla, viernes 13 de junio de 2012, página 8.
Lo cierto es que en la zona de La Cañada, el agua brota a cada 100 y 200 metros, lo que habla de la superficialidad de los mantos, precisamente por eso exigimos la protección de los cerros de esta zona, nuestra gran mina de agua, en especial, el cerro de Espejeras, (donde la minera está barrenando) el cual vierte sus escurrimientos sobre la cuenca del río Papaloteno, que desemboca en la cuenca del río Zempoala.
Por otra parte, la delegación en Puebla de la SEMARNAT, señala en otro comunicado, en el que alude a la fracción segunda, inciso L del Art. 5º del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental, que «quedan exentas de impacto, las obras de barrenación, de zanjeo y exposición y exposición de rocas», siempre y cuando «se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados», ubicadas fuera de áreas protegidas.
Sin embargo, la zona en donde se están llevando a cabo los trabajos de barrenación, NO se encuentran en ninguna de las categorías arriba descritas. Los trabajos de la minera se extienden sobre un área de confieras, un bosque de niebla, como se le llama formalmente a esta zona en Tetela de Ocampo.
Otro punto importante es que Minera Espejeras presentó el informe preventivo el 29 de junio de 2012, en el que se especifica que realizaría 43 barrenos. Sin embargo están trabajando en la zona desde diciembre de 2011, por lo menos 6 meses antes de haber presentado el informe. A la fecha han realizado más de 80 barrenaciones, no 43 como lo especifican, así lo pudo corroborar personal de PROFEPA en la visita de campo que realizó hace unos días.
Reiteramos que nuestra única intención es informar a la opinión pública sobre lo que esta ocurriendo en Tetela de Ocampo ante la omisión e indiferencia de las autoridades competentes y detener cuanto antes el ecocidio que se está gestando.