Resuelve Pleno de la CAIP 8 recursos de revisión

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Durante la sesión del Pleno de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se sobreseyeron los expedientes 99/PGJ-02/2012 y el 100/SSP-02/2012; en el primero, durante el proceso del recurso de revisión, se entregó la información referente a las direcciones de las Agencias del Ministerio Público y las dependencias de la Procuraduría, por lo que la inconformidad quedó sin efecto.

En el segundo caso se consideró que el recurso de revisión era improcedente por devenir del ejercicio de un derecho de petición, por ello fue sobreseído, sin embargo, quedan a salvo los derechos del recurrente para volver a solicitar su información, amparándose en la Ley de Transparencia y en Artículo 6º. Constitucional.
De igual forma se ordenó la revocación parcial del expediente 102/SAyTI-PUEBLA-01/2012, donde la dependencia municipal deberá entregar una versión pública de la nómina que le fue solicitada, toda vez que la Ley de Transparencia refiere que las percepciones de los servidores públicos deben darse a conocer incluso de manera directa en el respectivo portal electrónico, donde se protejan los datos personales de los funcionarios públicos por tratarse de información confidencial.
En el caso del expediente 117/OTE-16/2012 donde se solicitaba el documento de los compromisos de campaña del actual titular del Ejecutivo, la información no fue entregada debido a que no se encuentra en los archivos del Sujeto Obligado, toda vez que se trata de información generada antes de entrar en funciones como servidor público, por lo tanto, no tiene la exigencia de contar con dicho documento. Por lo anterior, el recurso fue confirmado.
En relación al recurso bajo el expediente 120/PRESIDENCIA MPAL-TEPEXI-01/201 se acordó revocar para que la autoridad de respuesta a la solicitud de información sobre la realización de obras de mantenimiento al mercado.
Finalmente, se tuvieron por no interpuestos, tres recursos que no fueron ratificados tal y como lo establece la ley, con lo que ya suman 32 los que no son analizados de los 152 recursos recibidos en lo que va del año en el seno de la CAIP.
Los recursos que se tuvieron por no interpuestos fueron los contenidos en los expedientes 130/PGJ-07/2012; el 131/SGG-05/2012 y el 132/SEP-06/2012.